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现在返乡证已经不在calle murcia 42 开了!

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发表于 2012-4-15 23:25:50 | 显示全部楼层 |阅读模式
本帖最后由 小牙牙 于 2012-4-15 23:51 编辑

现在住家证明在巴塞罗那capital 的要预约然后去calle mallorca 213 开。住家证明在pueblo的,不用预约,直接去你附近的警镲局开。也就是你拿居留按手印那个地方!
下边是原文!

AUTORIZACIÓN DE REGRESO

A partir del 1 de agosto de 2011 las autorizaciones de regreso se expedirán en la oficina de la C/ Mallorca, 213, esquina Enric Granados, de Barcelona, únicamente a aquellos ciudadanos residentes en Barcelona ciudad y que hayan solicitado cita previa.
Los ciudadanos extranjeros residentes en localidades distintas a Barcelona capital, para obtener dicha autorización de regreso, deberán personarse directamente, sin necesidad de cita, en la Comisaría del Cuerpo Nacional de Policía más cercana a su domicilio actual.
El impreso de solicitud (Modelo EX-13) se obtendrá de la página web www.mpt.gob.es
En caso de no haberlo obtenido, previamente, el citado modelo EX-13, se les facilitará en la Oficina de Expedición correspondiente, así como el impreso de tasa, modelo 790, código 012, perteneciente al Ministerio del Interior.


AUTORIZACIONES DE REGRESO EN VERANO DE 2011
Según Circular núm. 03/2011 de la Dirección General de la Policía (Comisaría General de Extranjería y Fronteras), se podrá autorizar la entrada desde el día 14 de junio hasta el día 30 de septiembre de 2011 a los extranjeros que se presenten en un Puesto Fronterizo del territorio nacional, Terrestre o marítimo y acrediten estar en posesión de:
- Pasaporte o documento de viaje en vigor.
- Autorización de residencia caducada y solicitud de renovación de la misma.
Por lo tanto, le informamos de que:
1) Si Vd. tiene en trámite la renovación de su autorización de residencia o trabajo, o tarjeta de estudiante ¿en su caso-, y no viaja en avión, NO NECESITA SOLICITAR AUTORIZACIÓN DE REGRESO.
Caso de que viaje en avión, sí necesitará solicitar la autorización de regreso. En este caso, además de los requisitos que con carácter general se requieren para la expedición de la autorización, deberá presentar: original y fotocopia de su billete de avión de vuelta a España.
2) Si no se encuentra en el supuesto anterior, pero ya ha realizado los trámites de expedición de su primera tarjeta (autorización de trabajo y/o de residencia, o tarjeta de estudiante) en la correspondiente Comisaría de Policía y por lo tanto, dispone del resguardo talón-foto acreditativo de tal circunstancia, sí necesitará solicitar la autorización de regreso (caso de que vaya a viajar) y con independencia del medio de transporte que utilice en su desplazamiento.
En ningún caso necesita tramitarse una autorización de regreso si sale y entra en España mientras disponga de una tarjeta de identidad de extranjero en vigor (y que siga estando en vigor en el momento en que regrese a España).



PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Para presentar solicitudes deberá acudir el día de la cita con la solicitud de autorización de regreso en modelo oficial y gratuito (EX-13), original y copia.

Dicho modelo de solicitud puede descargarlo en el enlace anterior, o bien le será facilitado en la Comisaría del C.N.P. más cercana a su domicilio.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR (original y copia)

Solicitud en modelo oficial gratuito EX-13 (original y copia)

Titular de autorización de residencia o de estancia para estudios, que haya solicitado la renovación de la misma dentro del plazo legal:


      • Pasaporte completo o título de viaje o, en su caso, cédula de inscripción en vigor.
      • Autorización de residencia o de estancia para estudios.
      • Solicitud de renovación de la residencia o de estancia para estudios.
      • Tasa 790, código 012, con un importe de 10 euros (para el ejercicio 2011).





Titular de una autorización de residencia inicial o de estancia para estudios inicial, en trámite de expedición de la tarjeta de identidad de extranjero:


      • Pasaporte completo o título de viaje o, en su caso, cédula de inscripción en vigor.
      • Resolución favorable de la solicitud inicial de autorización de residencia o autorización de estancia por estudios.
      • Comprobante de que se encuentra en trámite la expedición de la tarjeta.
      • Documentación acreditativa de que el viaje responde a una situación de necesidad y concurren circunstancias excepcionales.
      • Tasa 790, código 012, con un importe de 10 euros (para el ejercicio 2011).

Titular de una tarjeta de Identidad de Extranjero en vigor, en supuestos de robo, extravío, destrucción o inutilización de la T.I .E.:
1. En caso de robo, original y copia de la denuncia ante los Mossos d¿Esquadra.
2. En caso de extravío, escrito del ciudadano en que explique someramente dicho extravío.
3. Solicitud de duplicado de tarjeta.
4. Pasaporte completo o título de viaje o, en su caso, cédula de inscripción en vigor.
5. Documentación acreditativa de que el viaje responde a una situación de necesidad.
6. Tasa 790, código 012, con un importe de 10 euros (para el ejercicio 2011).



LEA ATENTAMENTE
De conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional tercera y el artículo 5 del Real Decreto 557/2011 del Reglamento de Extranjería:
La autorización de regreso es un documento personal que permite una salida de España de un extranjero y su posterior retorno al país, debiendo conservarse hasta la caducidad de su validez.
La entrega de la autorización de regreso ser hará siempre al ciudadano extranjero que sea destinatario del documento, salvo en el caso de menores o incapaces, en el que la autorización podrá ser recogida por su representante legal.
La validez de este documento no superará los 90 días contados:
- Si la autorización de residencia o estancia no está en periodo de renovación, desde la fecha de concesión.
- Si la autorización de residencia o estancia está en periodo de renovación, desde la fecha de caducidad de la autorización, si se solicita antes de que caduque, o bien desde la fecha de concesión, si se solicita después de la caducidad de la autorización.


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豆子(^3^) + 300 很给力!

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发表于 2012-4-15 23:31:09 | 显示全部楼层
本帖最后由 豆子(^3^) 于 2012-4-15 22:35 编辑

很给力啊!! 消息确切吗?? 牙~具体怎么个程序?
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发表于 2012-4-15 23:44:08 | 显示全部楼层
说详细些好么??顶一下~~
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发表于 2012-4-16 00:27:02 | 显示全部楼层
MADRID 的应该可以无视吧。。
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发表于 2012-6-8 00:07:38 | 显示全部楼层
请问这返乡证。。是返回中国就不再回来了用的??还是续签时段用于短期回国再回来用的??
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发表于 2012-8-10 21:31:18 | 显示全部楼层

念念啊,一般返回中国不再回来的人都直接买直飞的飞机,不用申请返乡证的,因为他们没打算换居留,所以也没有递交任何换居留的材料,也就办不了返乡证。

这个是你第二个所说的用的。
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